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Lo que tienes que saber de la nueva Ley de Contratación de Publicidad

El día 1 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley para la Transparencia, Prevención, y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, o conocida también como “Ley de Contratación de Publicidad”.

Dicho ordenamiento ha causado algo de polémica pues establece diversas obligaciones que pueden cambiar drásticamente la operatividad de muchas agencias publicitarias,

Pero ¿Qué obligaciones tienen las agencias con la Nueva Ley de Contratación de Publicidad?

  1. Tienen prohibido comprar espacios publicitarios para su reventa.
  2. Celebrar contrato de mandado con el anunciante
  3. Una misma agencia no puede prestar sus servicios a medios y a anunciantes a la vez
  4. Las facturas por la compra de espacios publicitarios serán emitidas por el medio directamente al anunciante, ello, aunque la agencia realice el pago a su nombre.
  5. Que las agencias no podrán recibir remuneraciones por parte de los medios de comunicación.

Cabe recordar que estas disposiciones son aplicables para agencias publicitarias, medios de comunicación y personas que deseen anunciar algún producto o servicio, y que su incumplimiento puede traer como consecuencia multas que van desde el 2% al 4% de los ingresos de la agencia.

Si bien, esta ley pretende salvaguardar los derechos del anunciante, pues le permitirá saber con mas certeza sobre los espacios publicitarios a adquirir, también es un hecho que afecta de los derechos de la agencia y de los medios de comunicación, al limitar su oferta de servicios y aumentar su carga administrativa.

En Simposio Fiscal, continuamos analizando las implicaciones de este ordenamiento, así como creando estrategias de defensa ante posibles ilegalidades.

Por: Alejandro Lomelín

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