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Suspensión Publicidad COFEPRIS

¿Sabes como atender debidamente una Orden de Suspensión Publicitaria de COFEPRIS? Aquí te explicamos

COFEPRIS tiene dentro de sus facultades, las de revisar el cumplimiento del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, que establece los lineamientos que debes tener si realizas publicidad de servicios de salud.

Cuando la autoridad detecta que un establecimiento o profesional de la salud, está haciendo publicidad sin cumplir con las normas aplicables, puede iniciar una VERIFICACIÓN PUBLICITARIA.

Esto es, básicamente, una auditoría de COFEPRIS en materia Publicitaria, en la que va a comenzar con una ORDEN DE SUSPENSIÓN PUBLICITARIA, y u INFORME DE VERIFICACIÓN.

En ellos va a ordenar que se suspendan los mensajes publicitarios e informar cuales son los vicios que permean en la publicidad, para posteriormente, después de algunos meses de duración, concluir la verificación aplicando una sanción.

Sin embargo, muchas veces los médicos y establecimientos no atienden correctamente estas ordenes, por lo que se hacen acreedores a sanciones mas fuertes.

Hay que recordar que se debe cumplir a la orden en tres días, pero también que, de contestar incorrectamente o no cumplir debidamente, puede significar una multa de 16,000 UMAS, que son $1’600,000 pesos aproximadamente.

También es necesario saber que existen estrategias legales para cumplir la orden sin tener que cerrar de manera definitiva sus redes sociales, sin caer en multas y sanciones elevadas.

Así mismo, recomendamos que la contestación que se haga se haga con una perspectiva legal, sin caer en incriminación, esto pues COFEPRIS suele ser bastante incisivo y a veces, mal intencionado en sus procedimientos, buscando con las ordenes obtener alguna confesión expresa o consentimiento de infracciones, para así poder aplicarnos multas elevadas y obtener recursos.

Es relevante también, saber que estas verificaciones en su mayoría son ilegales, pues se violan derechos fundamentales de los revisados, aunado a que COFEPRIS se basa en publicaciones de dominio público, o redes sociales en las que cualquiera puede acceder y crear una cuenta a nuetro nombre, suplantarnos y dañar nuestro prestigio.

Por ello es que hay que ser sumamente cuidadosos al momento de dar cumplimiento a la orden, hacerlo con la supervisión de un profesional para no caer en contradicciones o auto incriminarse, pues en la mayoría de los casos, si se interviene a tiempo, se pueden evitar sanciones tan elevadas.

Así podemos ayudarte si recibiste una orden de Suspensión de COFEPRIS

En Simposio Fiscal somos especialistas en este tipo de casos, y podeos ayudarte si te enviaron una orden de suspensión publicitaria, a evitar sanciones, corregirte y a reactivar tus redes sociales a la brevedad.

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