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Expulsión de RESICO – Soluciones

¿Eres contador y manejas contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza? Cuidado.

Ultimamente la autoridad está “expulsando” a muchos contribuyentes de este régimen tan benéfico, muchas veces de manera ilegal, ocasionando problemas que pueden llegar a ser de muchas cifras.

Aproximadamente desde el mes de noviembre, la autoridad fiscal ha estado notificando a diversos contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza, su “expulsión” del dicho régimen, a través de una resolución que modifica el régimen y los ubica en uno diverso, ello en virtud de haberse configurado alguna de las causales previstas en el Código Fiscal de la Federación para la exclusión de dicho régimen.

¿A qué se debe?

Es importante que sepas, que si bien es cierto muchas expulsiones se deben a el incumplimiento de algunas obligaciones, en otras ocasiones esa expulsión no está debidamente justificada ni fue notificada correctamente al contribuyente, por lo que si como contador detectas un cambio en el régimen por parte de la autoridad, o conoces de una notificación en buzón tributario que esté relacionada con esa situación, tienes que saber que existen formas de defender al contribuyente ante un cambio de Régimen Unilateral.

Esta situación, representa de primera mano, que, desde el momento en que la autoridad notificó la resolución o realizó la modificación de régimen, ya no se podrá continuar tributando bajo tal régimen.

Consecuencias

Sin embargo, la otra consecuencia grave y que representa un problema para los asesores fiscales y contadores, es que, tal cambio debe aplicarse de manera retroactiva, es decir, se debe “corregir” al contribuyente desde que inició actividades bajo RESICO, estilo es, pagando la diferencia entre lo que pagó en RESICO y lo que debería haber pagado en el nuevo régimen (Actividades Profesionales, Empresariales, Arrendamiento, o al que se debería pertenecer).

Esto puede implicar, para el contador, la realización de declaraciones de años anteriores, con el problema de que no está muy claro como la autoridad pretende que demos cumplimiento a tales situaciones, además de que, si no se realiza, el SAT podría ejercer sus facultades de comprobación y determinar créditos fiscales por los ejercicios anteriores.

Lo grave es que, evidentemente el Régimen Simplificado de Confianza prevé tasas muy bajas de ISR, y comparándola con cualquier otro régimen, la diferencia es muy grande, porque se podría pasar de pagar 2.5% de ISR a pagar hasta un 35% en algunos casos.

SOLUCIONES

Realmente, el único camino que existe para tratar de regresar al RESICO y evitar el cobro de créditos fiscales por ejercicios anteriores, es anular la resolución que ordenó el cambió de régimen.

Esto se puede lograr a través de la interposición de un Juicio Contencioso Administrativo, o Juicio de Nulidad, ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el cual se logre acreditar alguna causa de ilegalidad que sea suficiente para la anulación de la resolución.

Es decir, si el juicio es favorable, y se acredita que efectivamente, la expulsión fue ilegal, se podrá regresar a tributar como RESICO y además, se evitará que se cobren impuestos de manera retroactiva por los ejercicios anteriores en los que se tributó en dicho régimen.

También es posible conseguir alguna medida cautelar para poder regresar a RESICO mientras dure el juicio de nulidad, y en caso de resultar favorable el juicio, volver de manera definitiva.

En Simposio Fiscal Abogados, podemos ayudarte a interponer el juicio de nulidad para que tus clientes que hayan sido expulsados del régimen tengan oportunidad de regresar y nos tengan que pagar impuestos de manera retroactiva.

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