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¿Qué hacer si te sacaron de RESICO?

Te explicamos las soluciones que tienes si fuiste expulsado del Régimen Simplificado de Confianza. Te ayudamos a resolverlo.

Si fuiste expulsado de RESICO sin haber sido notificado formalmente por la autoridad, puede haber una solución a tu problema.

En las últimas semanas, se han estado dando casos de personas físicas que, de un momento a otro y sin previo aviso de la autoridad fiscal, han visto cambios en su régimen, específicamente, aquellos que tributaban bajo el Régimen Simplificado de Confianza.

¿Por qué está sucediendo?

Las razones concretas de esta campaña son desconocidas, sin embargo, los motivos específicos por los cuales se puede salir del Régimen Simplificado de Confianza son variados y tienen sus fundamentos en la ley.

Primeramente, es necesario recordar el contenido del artículo 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta,  que menciona que los contribuyentes que omitan tres o más pagos mensuales en un año calendario, consecutivos o no, o que no presenten su declaración anual, dejarán de tributar en dicho régimen y pasarán a tributar conforme el régimen de actividad empresarial y profesional.

Entonces, es lógico suponer que sí no presentaste tu declaración anual tributando bajo dicho régimen, lo mas probable es que te aplique dicho artículo y se con figure el supuesto de salida del régimen.

Y todo esto, ¿Es legal?

No debemos perder de vista que es nuestra obligación cumplir con las disposiciones aplicables y que el desconocimiento de la ley no nos exime de su cumplimiento, sin embargo, es cierto que la autoridad debe seguir ciertas formalidades al momento de tomar sus determinaciones.

En primer lugar, debe existir un acto, por escrito y legalmente notificado, mediante el cual la autoridad de a conocer los motivos y fundamentos del cambio de régimen, situación que no se ha respetado en muchos casos, pues varios contribuyentes han detectado el cambio en su régimen sin que mediara una legal notificación del acto correspondiente.

Así mismo, existe una regla que es la 3.13.34 de la quinta resolución de modificaciones a la RMF para 2023, que establece que en caso de caer en el supuesto, la autoridad actualizará las obligaciones desde el mes en el que comenzaron operaciones en dicho ejercicio, es decir, se aplicará de manera retroactiva el calculo, y no a partir de que se salió del régimen.

¿Qué hacer?

En Simposio Fiscal, consideramos que muchas de las determinaciones de la autoridad son ilegales, pues en varios casos no ha notificado formalmente a los contribuyentes del cambio de régimen, ademas de que consideramos que la regla 3.13.34 es inconstitucional, pues se aplica de manera retroactiva en perjuicio de los contribuyentes.

Consideramos que el camino adecuado es acudir a Juicio de Nulidad, en contra de la resolución que en la que se determina la “expulsión” del Régimen Simplificado de Confianza, así como en algunos casos, el Juicio de Amparo en contra de la regla 3.13.34, con lo que se buscaríamos resultados que van desde que se nos notifique legalmente el documento donde conste el cambio de régimen, evitar la tributación de manera retroactiva, o alguna suspensión.

Puedes contactarnos a nuestro WhatsApp para apoyarte a valorar las opciones que tienes y analizar si es posible que continúes tributando en RESICO.

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