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¿Los traspasos entre cuentas propias pagan impuestos?

Explicación de por qué no causan impuestos los traspasos y tips a cuidar para que el SAT no determine ingresos de manera presuntiva con base en traspasos entre cuentas bancarias propias

Por regla general NO, pues no hay aumento de patrimonio, ni corresponden a una venta de bien o prestación de servicio, por lo que no detonan pago de impuesto sobre la renta ISR, ni impuesto al valor agregado IVA.

Sin embargo, recientemente se hicieron virales las jurisprudencias VII-J-2As-115 y VII-P-1aS-818, emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que explican la forma de acreditar en juicio la realidad de los traspasos entre cuentas bancarias, cuando se impugna una determinación presuntiva realizada con base en el artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación.

Dicha jurisprudencia menciona que al impugnar una determinación presuntiva, si el actor menciona que fue sustentando en depósitos en sus cuentas son traspasos, entonces deberá probarlo con documentación idónea, que son:

  • Estados de cuenta
    • Papeles de trabajo
    • Copia del recibo:
      • Con monto
      • Cuenta que envía depósito
      • Forma de pago
      • Número de cheque o reporte de transferencia
      • Número y nombre de cuenta a su nombre (donde sale el dinero)
      • Origen del importe depositado
    • Además de adminicularlo con una prueba pericial contable
    • Todo eso permitirá concluir que realmente se trata de un traspaso y que no hubo aumento de patrimonio, por lo cual no se deberá determinar impuesto alguno.

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¿Qué es una determinación presuntiva?

Se da cuando la autoridad fiscal toma los depósitos que encuentra en cuentas bancarias y presume que son ingresos (para efectos de ISR) y valor de actos o actividades ( para efectos de IVA), siempre y cuando estos no correspondan a registros en la contabilidad, y se da cuando el contribuyente esté siendo fiscalizado y no la presente a la autoridad fiscal.

¿Entonces, debemos preocuparnos por esta jurisprudencia?

Podríamos decir que NO, siempre y cuando:

  1. Sea un contribuyente que esté al orden de sus obligaciones fiscales (declaraciones, pago de impuestos y llevar contabilidad, en donde se asiente los traspasos de cuentas*)
    1. *Generalmente los bancos al hacer SPEIs se demuestra que proviene del mismo RFC
  2. Si eres asalariado (ganas menos de $400mil pesos anual y tu patrón presenta declaración anual por ti; o si ganando más de $400mil y tú presentas anual, pero tienes todo en orden -no tener otros ingresos y sólo traspasos entre cuentas habituales)

Pues al estar cumpliendo debidamente las obligaciones fiscales, el riesgo de fiscalización es mínimo.

Pero sí debemos de preocuparnos, si:

  • Se hacen traspasos entre cuentas que no tienen correctamente el nombre o RFC
  • Si se incumplen obligaciones fiscales y se está en riesgo de ser fiscalizado
  • Si ya se tiene una fiscalización activa
  • Se hacen traspasos desde cuentas de otros países donde se complica la identificación del titular

¿Qué hacer al respecto?

  • Cautelar: Hacer traspasos cuidando conservar los comprobantes de los traspasos (y cumplir debidamente nuestras obligaciones fiscales)
  • Correctiva: Si ya se tiene una fiscalización, presentar la contabilidad a la autoridad fiscal, y en caso de que observe y determine de manera presuntiva sobre traspasos, demostrar con pruebas durante fiscalización (y un posible recurso de revocación y posterior juicio) con las pruebas idóneas que dichos depósitos corresponden a traspasos y no a ingresos que deban pagar impuestos.

Si tienes más dudas al respecto, o si estás pasando por una fiscalización y/o determinación por parte de una autoridad fiscal, contáctanos, somos abogados especialistas en defensa fiscal y podemos ayudarte a resolver esto de manera totalmente segura y legal.

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