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MULTA NO AVISO DE FUNCIONAMIETO

Qué hacer en caso de que COFEPRIS te multe por no tener Aviso de Funcionamiento

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El Aviso de funcionamiento es el mecanismo mediante el cual se informa a la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios de las actividades que realizamos.

Ya sean productos o servicios, debemos avisar para facilitar la vigilancia de las normas sanitarias y evitar riesgos para la salud en la población.

Sin embargo, muchos establecimientos médicos no cuentan con su Aviso de funcionamiento, o no lo tienen debidamente llenado o actualizado.

Esto pues, aunque es un trámite sencillo, hay que cumplir requisitos de acuerdo al giro del establecimiento, que pueden complicar el trámite.

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 ¿Qué pasa si no cuento con Aviso de Funcionamiento?

Se estaría violando el contenido del artículo 200 Bis de la Ley General de Salud, que prevé la obligación de avisar a la autoridad cuando se requiera.

La Ley General de Salud establece, en el artículo 419, sanciones de hasta 2,000 UMAS, lo que equivale a $196,000 pesos.

Así mismo, no contar con la autorización sanitaria adecuada, puede ocasionar la clausura temporal o definitiva del establecimiento, además de la multa correspondiente.

¿Qué hacer si te multó COFEPRIS por no tener Aviso de Funcionamiento?

La primera recomendación, es atender adecuadamente la verificación que realice COFEPRIS para comprobar el cumplimiento de las normas sanitarias.

Te recomendamos nuestro artículo para saber que hacer ante una visita de COFEPRIS.

Esto implica, vigilar que COFEPRIS lleve a cabo adecuadamente la verificación, respetando los plazos y derechos del visitado.

Además, debe revisar exclusivamente aquello que ampara la orden de visita.

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Recuerda que desde esta etapa se puede impedir una multa clausura, si se maneja adecuadamente con los verificadores.

Si la multa ya fue notificada, se tienen dos opciones para combatirla:

  • A través del recurso de Revisión, que se interpone ante COFEPRIS y se tienen 15 días a partir de la notificación de la multa
  • A través de Juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para el que se tienen 30 días para acudir.

En cualquiera caso, en Simposio Fiscal podemos ayudarte, con asesoría para evitar las sanciones, o impugnándolas para que no pagues multas ilegales.

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